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10.10.2017 / Perú. - La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) rechazó los nuevos parámetros que estableció el Poder Judicial para sancionar el delito de lavado de activos a través de la Casación 92-2017.

En un informe enviado al Pleno Casatorio Penal, la entidad enfatiza que este delito es autónomo y que para investigarlo basta solo una prueba indiciaria.

La UIF forma parte de las 29 instituciones y personas naturales (abogados y sociedad civil) que enviaron sus informes y opiniones a fin de que sean analizados por los 15 jueces supremos que próximamente se pronunciarán sobre esta sentencia.

A través del superintendente adjunto Sergio Espinosa, la UIF recordó que en la legislación nacional vigente, siguiendo las convenciones internacionales –los estándares del Grupo de Acción Financiera (GAFI)–, al igual que en la jurisprudencia de la Corte Suprema, “se reconoce expresamente la autonomía del delito de lavado de activos”.

En el informe, Espinosa advierte que con los requisitos que exige la casación, el Perú podría ingresar a la lista del GAFI de países con serias deficiencias en la lucha contra el lavado de activos, lo cual generaría el incremento de riesgo-país, el encarecimiento de las líneas de crédito y otros riesgos.

La representante de la Procuraduría de Lavado de Activos, Janet Briones, consideró en su informe que exigir que la configuración del delito de lavado de activos “dependa” del delito previo –como lo pide la Casación 92-2017– “es fracturar la estructura de la norma jurídica penal”.

Además, rechazó la idea de que solo algunos delitos previos podían ser calificados de “graves” para configurar el lavado de activos.

A su turno, la procuradora antidrogas, Sonia Medina, consideró que las nuevas corrientes en cuanto a la lucha contra el lavado de activos no deben “socavar o vulnerar” lo ya legislado.

Medina exhortó a que el pleno casatorio resuelva la controversia, “en favor de una voluntad normativa que no ponga al Perú en serio riesgo”.

*NOTA ACLARATORIA: La Publicación de este tipo de información por parte de la UAF, es de carácter referencial y de mera ilustración para los usuarios de la página web sobre determinadas novedades y/o tópicos de especial interés en la materia de PLD/FT; y consecuentemente tiene como único fin la recomendación de lectura para su conocimiento. No constituye, por consiguiente, ninguna instrucción por parte de la UAF ni obligación alguna para los Usuarios del Sitio Web de la UAF.

Texto original publicado en:  http://elcomercio.pe/politica/uif-cuestiona-polemica-casacion-delito-lavado-activos-noticia-464490

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